Un adulto mayor, diagnosticado con sordomudez, recibió protección por parte de la Corte Constitucional, mediante Sentencia T-293/21 de sept./2021, que le otorgó pensión de invalidez de manera transitoria.
Por su condición de salud, y tras llevar un largo período de tiempo sin poder trabajar, el usuario se encontraba en estado de indefensión y debilidad manifiesta. La Corte Constitucional, en la sentencia referida, le concedió dicha pensión mientras continúa en curso un proceso laboral ordinario.
Para la Corte, la entidad pensional a la que está afiliado el usuario habría faltado a sus deberes legales al estudiar su caso, puesto que este sí tiene derecho a acceder a la pensión, de acuerdo con lo estipulado en la jurisprudencia constitucional. La Corte analizó, entre otras cosas, la aplicación de la regla sobre pensión de invalidez para discapacidades que se adquieren desde el nacimiento.
Durante este proceso, el usuario contó con el acompañamiento de nuestro Consultorio Jurídico, por medio de las estudiantes del Área de Derecho Laboral: Laura Manuela Pérez García, María Paula Marín Grimaldo, María Camila Ramírez Molina y Laura Ortiz Botero.
Aunque es una protección transitoria, es un gran avance y desde el Consultorio Jurídico de #DerechoUniandes se continuará trabajando para que en el proceso ordinario que actualmente está en curso ante un juzgado laboral, la protección se conceda de forma permanente.
Consulta AQUÍ la Sentencia.