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      ¿Es ilegítima la despenalización del aborto en Colombia?
      Académicas discutieron su legitimidad

      Este debate se llevó a cabo en el espacio Derecho y Coyuntura, dedicado al análisis de temas de actualidad, vistos desde el Derecho.  

16/09/2022

Durante un debate realizado por la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes, en el que la decana de la Facultad, Eleonora Lozano Rodríguez, presentó el caso Dobbs, reconocido por ser el precedente frente al tema de la interrupción del aborto en EE. UU., expertas académicas analizaron la incidencia de dicha decisión en Colombia. 

Las invitadas Juana Acosta López, profesora asociada y directora de la Clínica Jurídica de Interés Público y Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Sabana; Sandra Borda Guzmán, profesora asociada del Departamento de Ciencia Política de la Universidad de los Andes; Ana María Idárraga, abogada en la Dirección de Defensa Jurídica Internacional en el área de litigio ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos e Isabel Cristina Jaramillo Sierra, profesora titular de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes y coordinadora general de la Red ALAS, destacaron aspectos como la legitimidad, la extralimitación de poderes y la incidencia política que se asocia con la legalidad de decidir sobre la interrupción del embarazo. 

¿Decisión ilegítima? 

“Lo que pasó en Roe, lo que pasó en Casey y lo que puede pasar en Colombia es que se silencia la postura de una parte bien importante de la población que está en contra de la decisión y que no encuentra maneras democráticas para gestionar esa postura, que fue exactamente lo que Dobbs dice que pasó con Roe y Casey. Y, en este caso en particular, las encuestas han mostrado, después de la sentencia C-055 de 2022, que un 80 % de la población colombiana no está de acuerdo con la despenalización del aborto hasta la semana 24. Que la Corte haya silenciado esas voces y que no se pueda gestionar este tema a través de la democracia hace que esa decisión no solo puede volverse ilegítima sino sumamente débil y pueda agravar la polarización y la discusión en el país”, expresó la profesora Juana Acosta.            

¿Extralimitación de poderes?  

Para Ana María Idárraga es fundamental establecer quién tiene el rol de decidir sobre la legislación concreta de las restricciones sobre aborto. “La verdad es que Roe, como lo dice el caso de Dobbs, usurpó un poco el poder de los legisladores y tomó la decisión dejando de lado por completo a un sector grande de la sociedad que se oponía a la decisión de Roe. Esto es muy importante para Colombia porque las sentencias de la Corte Constitucional, por ejemplo, la C-055 de 2002, también dejó de lado a un sector completo de la población y, en ese sentido, lo silencia”.  

Una mirada distinta 

Por su parte, para la profesora Isabel Cristina Jaramillo, “el caso nos muestra la importancia de un texto constitucional que reconoce los derechos fundamentales y que fue construido por la ciudadanía en circunstancias de democracia moderna, como en Colombia. También muestra que la combinación de la tutela y la acción pública permite proteger más ampliamente los derechos pues muestra a los jueces constitucionales cómo sus sentencias se ponen “en acción”, como en Colombia. El derecho constitucional de los Estados Unidos, al nivel federal, dejó de ser guía para los países que hicieron sus transiciones democráticas en los noventa y que, al contrario de los Estados Unidos, han reconocido como sujetos políticos a las mujeres, las minorías sexuales, las minorías raciales y los grupos étnicos. Entre estos países, se incluyen: Brasil, la India, Suráfrica, Colombia, Bolivia y Ecuador. En el caso de la sentencia C-055 de 2022, la Corte Constitucional basó su decisión en el derecho a la salud, a la igualdad y a la libertad de conciencia. Ninguno de estos derechos está consagrado en la Constitución federal de los Estados Unidos. La sentencia, además, identifica que sus decisiones no han logrado el objetivo de protección que suponían y por eso ha ido cambiando el modelo con el que se aproxima a la cuestión”.  

Un alto costo político  

Respecto al caso Dobbs, y desde un punto de vista político, la profesora Sandra Borda explicó que “esta decisión es el resultado de dos esfuerzos grandes que se venían adelantando desde hace más de una década por parte del Partido Republicano: el esfuerzo de cambiar la composición de la Corte Suprema en Estados Unidos y el proyecto que adelantaron en varios Estados de Estados Unidos las legislaturas republicanas para restringir la aplicación de Roe vs. Wade. No hablaban directamente de limitar el Derecho sino de incrementar las condiciones bajo las cuales debían operar las clínicas para ir restringiendo paulatinamente el Derecho”.     

Argumentó que “es un proyecto que políticamente, desde el punto de vista de los republicanos en este momento, fracasó estruendosamente. Es el proyecto que tiene a los republicanos a punto de perder las elecciones frente al Congreso. Las actitudes políticas en Estados Unidos cambiaron fundamentalmente después de esta decisión y hoy lo que uno tiene es a los republicanos, primero, tratando de no hablar del tema… Y el último gran indicador del fracaso político que esto significó es la propuesta de Lindsey Graham, de hace dos días, de acuerdo con la cual él quiere pasar un proyecto en el Congreso en donde se autorice el aborto en las 15 primeras semanas, que es la cosa más paradójica del mundo”.    

¿Qué viene? 

La Clínica Jurídica de Interés Público y Derechos Humanos de la Universidad de La Sabana, dirigida por la profesora Juana Acosta, espera respuesta de la Corte Constitucional a un recurso de nulidad que presentó sobre la sentencia C-055 de 2022, porque, argumenta, “no hay una medida que proteja al que está por nacer. En los exhortos al Congreso, la Corte no habla de que hay que proteger al que está por nacer sino al nacido en circunstancias de gestantes que habían deseado abortar e ignora completamente una discusión científica que se le presentó que es la de seres sintientes. De manera que esa es una causal de nulidad que nosotros hemos presentado”.  

La profesora Isabel Cristina Jaramillo, desde la Red ALAS, por su parte, viene trabajando en la divulgación de la sentencia C-055 de 2022 en Colombia y en los Estados Unidos, donde las académicas están interesadas en aprender sobre la manera en la que se construyó el argumento incremental para la despenalización y se recaudó la evidencia para el cambio. Junto con académicas de Argentina, Chile, Brasil y México está promoviendo una mirada “al sur” en materia de derechos de las mujeres y en relación con el potencial de las mujeres para lograr que el Derecho refleje su punto de vista. 

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